miércoles, 19 de abril de 2017

El juez archiva la pieza por los pagos de Lazard a Rodrigo Rato

FOTO: J.M. CADENAS | EXPANSIÓN

Fuente de información: Europa Press

La Audiencia de Madrid ha sobreseído la pieza en la que el juez de Instrucción número 31 de Madrid, Antonio Serrano-Arnal, investigaba posibles irregularidades en el pago efectuado por el banco Lazard al exvicepresidente del Gobierno Rodrigo Rato en el que fue senior manager director antes de ser nombrado presidente de Caja Madrid-Bankia, y su posible relación con las contrataciones que la entidad española suscribió posteriormente con Lazard.

Los magistrados llegan a la conclusión de que no existe nada más que una "coincidencia" entre estos ingresos y la contratación de Lazard por Bankia.

La Audiencia ha estimado parcialmente los recursos de apelación interpuestos por la representación de Lazard Asesores Financieros S.A. y por el director general de esta entidad, Pedro Antonio Pasquín, al no considerar "más que una coincidencia" la existencia de los pagos a Rodrigo Rato con dichas contrataciones.

El expresidente de Caja Madrid y Bankia dijo ante el juez en octubre de 2015 que recibió de Lazard -donde trabajó antes de su nombramiento como presidente de Caja Madrid- un "crédito puente" de dos millones de dólares que reintegró cuando vencieron unas obligaciones sobre acciones incluidas en su contrato y negó haber favorecido contratas de Bankia a Lazard y señaló que el banco de inversiones realizaba trabajos de asesoría a Caja Madrid antes de su llegada a la presidencia de la entidad. Lazard participó como asesor en la fusión de las siete cajas de ahorros que conformaron Bankia y en su posterior salida a Bolsa. 

En el auto dado a conocer este miércoles, la Sala formada por los magistrados María Riera, Celso Rodríguez y María de los Ángeles Montalvá señala que "de todo lo actuado no se desprende mucho más que una coincidencia entre una operación sobre acciones restringidas y la contratación de los servicios de la misma entidad, confluyendo en ambas tanto Lazard Asesores como su Consejero Delegado y el señor Rodrigo Rato".

La Sala añade que la coincidencia entre los pagos a Rato y los contratos suscritos entre Bankia y Lazard "podrá suscitar diferentes lecturas, pero cuando se trata de enmarcar su proyección en el ámbito penal, no puede hacerse ningún análisis completo sobre ella -ya en la fase de instrucción- si se prescinde de la valoración de los llamados contraindicios". Todo ello hace llegar a la conclusión de que "no puede considerarse suficientemente acreditada la perpetración del delito".

El tribunal también expone que "ni el señor Rato pasó a trabajar para ninguna entidad mercantil haciendo competencia a su antigua empresa, ni menoscabó en absoluto la clientela de ésta restándole clientes". 

Se ha decretado el sobreseimiento provisional de la pieza separada. 

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